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ASESORAMOS A TERCEROS PAISES, GOBIERNOS NACIONALES, PROVINCIALES O
MUNICIPALES EN LA ORGANIZACIÓN DE SEVICIOS OFICIALES O PRIVADOS DE CONTROL
SANITARIO Y SEGURIDAD ALIMENTARIA. |
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Organizamos Servicios Oficiales Nacionales, Provinciales o Municipales de Control e Inspección de los Alimentos. La organización incluye la elaboración de la legislación necesaria y la puesta en ejecución de las iniciativas. |
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Organizamos y ejecutamos Servicios privados de Control de los Alimentos. |
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Organizamos Cursos de Manipulación de los Alimentos para Instituciones oficiales (Gobiernos Nacionales, Provinciales o Municipales) y Empresas. |
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Organizamos Cursos de capacitación en HACCP para Auditores Profesionales y Supervisores de Empresas; certificados por HACCP Alliance USA. |
| ASISTIMOS
A EMPRESAS DE ALIMENTACION (Y PESCA) EN PROYECTOS DE INVERSION, REINGENIERIA
Y AUDITORIAS. ASESORAMOS SOBRE LEGISLACION SANITARIA DE ARGENTINA Y EL MERCOSUR REPRESENTAMOS A EMPRESAS IMPORTADORAS DE ALIMENTOS (Y PESCA) DESDE ARGENTINA Y URUGUAY. |
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Certificamos y auditamos HACCP para empresas importadoras de alimentos (y pesca) de USA, la Unión Europea, Mercosur y otros países. (*) |
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Preparamos la documentación técnica para la obtención de créditos o subsidios destinados a financiar proyectos de inversión y desarrollo empresario. |
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Elaboramos y ejecutamos la construcción de proyectos industriales en concordancia con las exigencias sanitarias del Mercosur, USA y la Unión Europea. |
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Efectuamos auditorías económicas, de producción, calidad y sanidad en empresas de alimentación (y pesca) con motivo de inversión o reingeniería. |
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Efectuamos selección de empresas o representaciones y promovemos contacto a efectos de posibilitar joint venture o asociaciones de interés empresario. |
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Asesoramos a Empresas del Mercosur, USA, la Unión Europea y otros países sobre la legislación sanitaria vigente en la Argentina y el Mercosur y su aplicación en industrias exportadoras. |
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Asesoramos en la habilitación de fábricas y plantas procesadoras de alimentos (y pesca) y en la aprobación de productos. |
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Asesoramos sobre presentaciones judiciales referidas a la aptitud de los alimentos. |
| (*) Importador: Según el Título 21 del Código de Regulación Federal Parte 123 USA FDA , Importador significa el consignatario o propietario en los Estados Unidos el cual recibe mercancía de productos y somete a su entrada a los Estados Unidos, o el representante, o agente en los EE.UU. del consignatario, o propietario extranjero el cual somete la entrada de los productos en los Estados Unidos. Esta persona se responsabiliza y asegura que la mercancía que está siendo ofrecida para la entrada en los Estados Unidos cumple con todas las leyes que se refieren a la importación. |
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| ASESORAMOS SOBRE LA PRODUCCION, INDUSTRIALIZACION Y COMERCIO DE LOS SIGUIENTES ALIMENTOS: |
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Aves y huevos |
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Azucarados, estimulantes o fruitivos. |
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Aditivos, correctivos y coadyuvantes. |
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Bebidas y Aguas gaseosas. |
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Carnes bovinas, ovinas, porcinas y equinas. |
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Comidas preparadas listas para servir. |
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Dietéticos y de regímenes. |
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Farináceos. |
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Lácteos y derivados. |
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Pescados y mariscos. |
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Vegetales, subproductos y derivados. |
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| LEGISLACION
ARGENTINA Y DEL MERCOSUR. |
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© Código Alimentario Argentino. Ley 18.284, Decreto N° 2126/71 Anexo I y II. |
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® Reglamento de Inspección de Productos, subproductos y derivados de origen animal. Ley 17.160 y sus Decretos Reglamentarios N° 4238/68 y N° 6326/72. Ley 18.819 y su Decreto Reglamentario N° 1733/70. Ley 22375 y su Decreto Reglamentario N° 473/81. |
(M) Resoluciones Conjuntas del Grupo Mercado Común del Sur (MERCOSUR). |
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Ley
23.899 de Creación de SENASA - descargar |
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